El jurado ve probado por unanimidad que el acusado tiró a su mujer por la ventana, pero con eximente de enajenación

  • El jurado popular ha declarado a Alberto J.V.G. culpable de matar de su mujer, al arrojarla por una ventana de su vivienda en Vigo a finales de octubre de 2015. No obstante, entiende que concurre la eximente de enajenación mental por una ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su esposa, al creer que le envenenaba.

Por unanimidad, los miembros del jurado así lo han determinado tras una deliberación que se ha prolongado unas siete horas, después de un juicio que se ha celebrado entre este lunes y jueves en la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Pontevedra, con sede en Vigo.

Los hechos ocurrieron sobre las 4,00 horas del 29 de octubre de 2015, cuando Alberto J.V.G., de 62 años, mantuvo una fuerte discusión con su esposa, María José R.F., de 71 años; y cuando ella trató de abandonar la vivienda, se abalanzó sobre ella y la arrastró hasta tirarla por una ventana con ánimo de darle muerte.

Como consecuencia, la mujer sufrió importantes heridas que le produjeron un shock traumático que le causó la muerte poco después. En el momento de los hechos el hombre se encontraba afectado por una ideación delirante de daño/perjuicio de tipo persecutorio centrado en su mujer, por lo que entiende que ha de aplicarse la eximente completa.

(HABRÁ AMPLIACIÓN)

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