En un auto hecho público este viernes, que coincide con el criterio de la Fiscalía, la Sala de lo Penal rechaza la denuncia por delitos de desobediencia y denegación de auxilio, y subsidiariamente por una falta contra el orden público por no ser los hechos constitutivos de delito, en la misma línea que ha venido haciendo en los últimos años con denuncias similares contra otros alcaldes
El asunto le fue remitido al Tribunal Supremo a finales del pasado mes de abril por el Juzgado de Instrucción número 16 de Valencia, que alegó la condición de aforada para declararse incompetente respecto de este asunto tras acreditar la condición de Barberá como miembro del Senado -forma parte de su Comisión Permanente y además es senadora territorial-, por lo que su puesto no fue renovado tras las últimas elecciones del 26J.
((HABRÁ AMPLIACIÓN))
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