¿Puede Puigdemont ser investido de nuevo presidente de la Generalitat?

Las candidaturas de Junts Per Catalunya y Esquerra Republicana CatSí han acudido a las elecciones del 21-D con algunos de sus miembros en prisión o en un país extranjero.

Por una parte, el exvicepresident Oriol Junqueras, cabeza de lista de ERC-CatSí por Barcelona; el expresidente de la ANC Jordi Sànchez, número dos de JuntsXCat por Barcelona; y el exconseller de Interior Joaquim Forn, número siete en esta misma lista, se encuentran en situación de prisión incondicional en la causa contra el procés que ahora lleva el Tribunal Supremo.

Por otra parte, el expresident Carles Puigdemont, cabeza de lista de JuntsXCat por Barcelona; la exconsellera de Enseñanza Clara Ponsatí, número tres de la misma lista; el exconseller de Salud Antoni Comín, número siete de ERC-CatSí por Barcelona; el exconseller de Cultura Lluís Puig, número dos de JuntsXCat por Girona; y la exconsellera de Agricultura Meritxell Serret, cabeza de lista de ERC-CatSí por Lleida, están en Bélgica.

Si vuelven a España serán detenidos y llevados ante el juez, ya que a pesar de que el Supremo anuló las órdenes de detención y entrega europeas, siguen vigentes las nacionales de busca y captura dictadas por la juez Lamela.

¿Podían presentarse a las elecciones?

Todos podían. De hecho, las candidaturas fueron aprobadas por las Juntas Electorales. No habrían podido, por ejemplo, si tuvieran una condena firme con pena de prisión (durante el tiempo que durara la pena) o si, por ejemplo, hubieran sido condenados por rebelión (aunque la sentencia no fuera firme) y, de forma añadida, a una pena de inhabilitación.

¿Están a tiempo de renunciar?

Sí. En ese caso, la lista afectada saltaría al candidato siguiente. Se da la circunstancia de que ni Puigdemont ni los exconsellers que están en Bélgica han podido ejercer su derecho a voto en los comicios, ya que se les pasó el plazo para solicitar el voto desde el extranjero. Los encarcelados sí han podido ejercer ese derecho, según la Ley Penitenciaria. Puigdemont anunció que "delegaría" su voto en una joven catalana que se prestó voluntaria para ello, aunque en realidad esto no es posible como tal: ella ha votado con su propio nombre y su DNI.

¿Pueden no acudir a recoger su credencial tras salir elegidos?

Pueden. A las Juntas electorales provinciales acudirán, en su nombre, los llamados representantes generales. Son personas designadas para actuar en nombre de "los partidos, federaciones y coaliciones concurrentes", dice la Ley Electoral. También representan, de forma concreta, a los candidatos. Fuentes de la Junta Provincial de Barcelona han confirmado a 20minutos que los candidatos no necesitan ir en persona a recoger su credencial de electos. Esa credencial hay que llevarla al Parlament.

¿Tienen que ir al Parlament a llevar la credencial?

No. Puede llevarla otra persona en su nombre. El reglamento del Parlament, en su artículo 23, explica que hay que presentarla en el Registro General de la Cámara. Fuentes del Parlament han confirmado a 20minutos que no es imprescindible que vayan los candidatos.

¿Y la jura o promesa?

Para que un electo adquiera la condición plena de diputado es necesario que haga dos cosas más: presentar una declaración de actividades y bienes y "prometer o jurar respetar la Constitución española y el Estatuto de autonomía de Cataluña", según el reglamento. Las mismas fuentes de la Cámara aseguran que esto se hace por escrito. "No es como en las Cortes, no se hace de viva voz, aquí se hace con un escrito firmado por el diputado que se presenta junto al resto de papeles", explican.

En el reglamento del Congreso nacional consta que en la sesión constitutiva, tras la elección de la Mesa, el presidente o presidenta "presentará y solicitará de los demás diputados el juramento o promesa de acatar la Constitución, a cuyo efecto serán llamados por orden alfabético". En el reglamento del Parlament, sin embargo, se levanta la sesión tras la elección de la Mesa.

¿Qué pasa si los candidatos no acuden a la sesión constitutiva?

"Que no podrán votar a los miembros de la Mesa", explican desde el Parlament. En principio, eso es todo, aunque para sus respectivos partidos suponga algunos votos menos con los que contar.

¿Puede Puigdemont ser investido presidente?

En primer lugar, si no acuden a la investidura, no podrán votar al futuro presidente o presidenta de la Generalitat. En los casos de Puigdemont y Junqueras, además, que no podrán salir elegidos. Tienen que ir, ya que está contemplado que el candidato intervenga en la sesión para presentar su programa de Gobierno y solicitar "la confianza del Pleno". El voto solo puede ser delegado en otro diputado en los casos de baja por maternidad o paternidad o, bien, de hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada. De nuevo, los partidos contarán con menos votos.

Según el Reglamento, si ese día el candidato propuesto no obtiene la mayoría necesaria, dos días después se celebrarían otro debate y otra votación, en la que bastaría la mayoría simple. Atendiendo a los plazos de la Ley de Presidencia de la Generalitat, la primera votación sería el 6 de febrero; si hubiera una segunda y esta tampoco tuviera un resultado satisfactorio, se abriría un plazo máximo de dos meses para encontrar otro candidato. Si no se encontrara, se convocarían nuevas elecciones. Al no haber president, las convocaría, de nuevo, el Gobierno central.

Damos por hecho que Puigdemont y Junqueras serán los candidatos propuestos por sus formaciones a la presidencia de la Generalitat de cara al debate de investidura porque así lo han confirmado sus formaciones, pero eso podría cambiar.

¿Hay diferencia entre los que están en el extranjero y los presos?

La Ley Penitenciaria contempla permisos para los presos en prisión preventiva en algunos casos, entre los que se incluyen "importantes y comprobados motivos". No queda claro si en eso entraría la asistencia a una investidura. El juez Pablo Llarena denegó hace unos días a Jordi Sánchez, por ejemplo, la posibilidad de salir para participar en la campaña.

En cuanto a los candidatos en el extranjero, pesa sobre ellos una orden de detención nacional, así que si viajan a España serían detenidos. No obstante, si adquieren la condición de diputados (desde allí), en teoría, adquirirían también la de aforados. Supuestamente, no podrían ser detenidos "salvo en caso de flagrante delito", aunque eso, evidentemente, no paralizaría su proceso judicial -Puigdemont y Junqueras, de hecho, tienen sendas causas abiertas en el Supremo y en el TSJC- ni impediría al juez citarlos.

¿Y después?

El reglamento del Parlament incluye algunos artículos que se refieren a la no asistencia de diputados a las sesiones, las comisiones y, en general, a las jornadas de trabajo en la Cámara.

Absentismo: si un diputado falta "a tres sesiones consecutivas del Pleno o de las comisiones, indistintamente, o a cinco sesiones alternas, durante un período de sesiones" sin justificación, le pueden quitar la asignación de un mes y otras prestaciones a las que tenga derecho. El tiempo se puede alargar si así lo decide la Comisión del Estatuto de los Diputados. Además, "por orden de la Mesa, las ausencias injustificadas en las sesiones deben publicarse".

Deberes: los diputados tienen "el deber de asistir a los debates y a las votaciones del Pleno y de las comisiones de las que son miembros".

Autorizaciones: si no van a asistir a los trabajos parlamentarios, los diputados tienen que solicitar al presidente del Parlamento, "por medio de los grupos parlamentarios respectivos", una autorización. Pero no podrá ser indefinida.

Suspensión de derechos y deberes como diputado

Los diputados pueden ser suspendidos si se les abre juicio oral o son condenados a una pena de prisión y así lo acuerda el pleno por mayoría absoluta, previo dictamen de la Comisión del Estatuto de los Diputados. También pueden pedirlo ellos. En ningún caso, dice el reglamento, la suspensión se puede aplicar como si fuera una sanción.

¿Podrían perder la condición de diputado?

Sí, por cinco motivos: renuncia; una sentencia judicial firme que anule su elección o proclamación; muerte o incapacidad; por extinción de mandato o disolución del parlamento (salvo la diputación permanente y los diputados que representan a la Generalitat en el Senado); por condena firme a una pena de inhabilitación.

¿Qué pretenden hacer?

En la entrevista exclusiva que Carles Puigdemont ha concedido a 20minutos en campaña dijo que "si la voluntad de la mayoría de los catalanes es que las cosas continúen allí donde el 155 las rompió y los partidos del 155 aceptan las reglas del juego", es decir, si tras el 21-D hay mayoría independentista y el candidato a president es él, podría volver. "No tiene ningún sentido que se me impida poder dar cumplimiento a la voluntad de la gente", afirmó. 20minutos ha intentado, sin éxito, obtener una respuesta a esta pregunta en relación a Oriol Junqueras.

*Este artículo se publicó originalmente el 5 de diciembre. Ha sido actualizado con datos recientes.

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