Madrid aprueba la ordenanza que multará en seis meses a los vehículos que no lleven visible la etiqueta de la DGT

Las restricciones al tráfico privado serán una realidad en noviembre.
Las restricciones al tráfico privado serán una realidad en noviembre.
JORGE PARÍS
Las restricciones al tráfico privado serán una realidad en noviembre.

El Ayuntamiento de Madrid empezará a multar en seis meses a los vehículos que circulen sin llevar de forma visible el distintivo medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). El Gobierno municipal ha decidido incluir la obligatoriedad de llevar esta pegatina está recogida en la Ordenanza de Movilidad Sostenible, que se ha aprobado este viernes en un Pleno extraordinario.

El texto ha salido adelante con los votos a favor de Ahora Madrid y el PSOE y la oposición de PP y Ciudadanos, que rechazan una norma que consideran un "pufo" que condiciona a los Gobiernos futuros.

La medida sobre los distintivos, no obstante, no se aplicará de inmediato, sino que se establece un periodo de seis meses para que los conductores puedan hacerse con uno si no disponen aún de él. Las sanciones por circular sin el etiquetado ambiental correspondientes podrían ser de 90 euros (leves), aunque si el infractor se acoge al pronto pago (20 días naturales desde que se notifica la denuncia) abonaría 45. No obstante, la cuantía definitiva no está decidida.

"Se ha incluido la obligación porque el Gobierno introdujo la posibilidad de que las ciudades hicieran el distintivo obligatorio", explican fuentes municipales, que recuerdan que aunque por el momento la "colocación del distintivo es voluntaria, se recomienda adherirlo al parabrisas" para facilitar la labor de los agentes. La colocación de las pegatinas ambientales será clave cuando comiencen las restricciones al tráfico en el centro.

El Consistorio va a poner en marcha el nuevo protocolo para episodios de alta contaminación el próximo lunes, y Madrid Central, el 23 de noviembre. Ambas medidas están pensadas mejorar la calidad del aire y se basan en el sistema de distintivos ambientales en vigor recogidos en el Plan nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016. La ordenanza recoge otras novedades. Estas son las más destacadas:

  • Los patinetes eléctricos no podrán ir por las aceras. Los patinetes podrán circular por casi todas las calles de Madrid -aquellas que tengan un límite de velocidad de 30 o 20 kilómetros por hora-, y por los carriles bici, pero no podrán hacerlo por las aceras en ningún caso. Además, se recomienda el uso del casco pero no se establece como obligatorio. En un año, se analizará si se permite su circulación también por las ciclocalles, en las que ahora conviven bicicletas y vehículos. Por las calzadas, los patinetes deberán circular por la parte central del carril. Se prohíbe expresamente la circulación de los patinetes por los carriles bus, así como por los tramos de la M-30 sin semáforos, y "se podrá restringir su circulación por túneles".

  • A 30 km/h en calles de un carril por sentido. Se limita la circulación de vehículos a 30 km/h en las calles de un solo carril por sentido así como de un único carril, el 85% de las calles de la capital.

  • Se podrá cruzar sin paso de peatones en zonas 30. Los peatones podrán cruzar sin necesidad de hacerlo por un paso de peatones en las zonas 30 señalizada siempre que hayan comprobado que no hay riesgo ni entorpezca la circulación.

  • Giro a la derecha a bicis con semáforo rojo señalizado. El texto contempla que las bicicletas puedan girar a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizado.

  • A 20 km/h en vías de plataforma única. El límite para aquellas vías de plataforma única (calzada y acera al mismo nivel) será de 20 kilómetros por hora.

  • Zona de prioridad de aparcamiento vecinal. La norma recoge la posibilidad de implantar Zonas de Aparcamiento Vecinal en barrios con problemas de estacionamiento, siempre que se produzca una solicitud de los ciudadanos. Los vecinos de estos barrios no pagarán ninguna tasa ni tendrán límite de tiempo de estacionamiento.

  • Los taxis podrán parar dos minutos en el carril bus. El texto permite la parada de taxi en carril bus-taxi para subida y bajada de viajeros por un tiempo máximo de dos minutos, pero no se permitirá la parada para esperar dentro del vehículo al cliente.

  • Zonas peatonales. La norma establece la posibilidad de declarar zonas de prioridad peatonal, donde quedará prohibido el estacionamiento de motos y bicicletas.

  • Veto a las 'bicibarras'. Con la ordenanza se prohibirán las denominadas 'bicibarras', esas bicicletas multitándem de hasta 18 personas con grifo de cerveza que han adquirido una enorme popularidad. El límite máximo de ocupantes en las bicicletas se establece en cinco personas, y para que sean más tendrán que tener autorización municipal expresa.
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