Endesa recibe sanciones de 120.000 euros por activar contratos sin consentimiento del cliente

  • En varios casos, la empresa cambiaba al cliente de la tarifa eléctrica regulada al suministro en el mercado libre, donde la compañía fijaba los precios.
Sede de Endesa en Barcelona
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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa Energía S.A. con multas por valor de 120.000 euros por haber activado contratos de varios clientes sin su consentimiento.

El cambio sin consentimiento, en muchos casos, implicó el paso de tarifa eléctrica regulada (PVPC) a mercado libre, de manera que la comercializadora fijaba libremente el precio de la energía y podía incluir otros servicios y seguros de mantenimiento adicionalmente.

Por ejemplo, en uno de los casos Endesa activó un nuevo contrato con suministro de gas y electricidad al cliente, cambiándole la tarifa regulada de gas a un suministro de mercado libre.

La CNMC tuvo conocimiento de estos hechos tras recibir varias denuncias de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento del Gobierno de Canarias, además de los escritos de Facua-Consumidores en Acción y de un particular.

En las resoluciones aprobadas, la CNMC ha considerado acreditado que Endesa Energía, S.A.U. no respetó los requisitos que deben seguir las comercializadoras de electricidad y de gas para contratar un nuevo cliente ni, en particular, contó con su consentimiento. Endesa ya recibió en marzo una sanción parecida, por valor de 30.000 euros, por una práctica similar.

Además, en 2017 la Comisión multó a cuatro comercializadoras de electricidad y gas natural (Endesa Energía S.A.U., Gas Natural Servicios, SDG,S.A. y Viesgo Energía, S.L.) con un total de 155.000 por el mismo motivo.

La CNMC ha señalado en un comunicado que las comercializadoras deben respetar la ley a la hora de realizar o modificar los contratos de sus clientes y en la importancia de que sean muy cuidadosas a la hora de captar clientes a través de canales de venta, especialmente en el caso de consumidores vulnerables y personas mayores. En esta línea, también obligó el pasado septiembre a los grupos energéticos a cambiar su imagen de marca de manera que la empresa que ofrece la tarifa regulada y la que ofrece el mercado libre sean fácilmente distinguibles.

El cambio de contrato de los usuarios sin su consentimiento es una práctica tipificada como una infracción leve según la ley del Sector Eléctrico (artículo 66.4 de la ley 24/2013) por el incumplimiento de los requisitos de contratación con los clientes de electricidad.

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