Condenado a 11 años por abusar de su sobrina desde que tenía 7 años

  • El tribunal ha considerado creíble el testimonio de la víctima, del que han señalado su consistencia a lo largo del proceso y su verosimilitud.
  • La condena consta de una pena de prisión de 11 años, siete adicionales de libertad vigilada, una orden de alejamiento durante 15 años y 12.000 euros en concepto de daños morales, además del pago de las costas judiciales.
Audiencia Provincial de Sevilla
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EUROPA PRESS - Archivo
Audiencia Provincial de Sevilla

Un hombre ha sido condenado a 11 años de prisión por un delito de abusos sexuales continuado a su sobrina, a la que practicó "tocamientos" y obligó a diferentes prácticas sexuales cuando se quedaba en su casa desde que tenía "unos 7 u 8 años hasta los 12 o 13".

La sentencia, de la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla también condena al acusado a siete años de libertad vigilada tras cumplir la pena de prisión y impone una orden de alejamiento de 300 metros de la víctima durante 15 años, así como a indemnizar a la menor con 12.000 euros por los daños morales causados y al pago de las costas judiciales, lo que pedía el fiscal.

El tribunal ha dado completa credibilidad al testimonio de la víctima, corroborado por varios testigos y psicólogos peritos que han destacado la "sinceridad de la menor, que ha mantenido desde el inicio de las actuaciones una versión sustancialmente idéntica acerca de lo ocurrido, ofreciendo además datos muy concretos de los hechos desde el inicio de la causa", y no ha considerado que se tratase de algún tipo de "maquinación por parte de los denunciantes". La niña, incluso, afirmó que no había tenido el valor de denunciar antes por miedo a "romper su familia"

De hecho, la primera alerta no partió de ella ni de sus padres sino de unas compañeras de colegio a las que "contó la conducta que su tío mantenía respecto a ella" cuando empezó a tomar conciencia de los abusos que estaba sufriendo.

La víctima mantenía una estrecha relación con sus tíos y solía pasar tiempo con ellos en su casa, incluso quedándose a dormir, una relación familiar de la que el acusado se "prevalió para cometer los hechos, sin necesidad de emplear violencia o intimidación" así como de "la figura de autoridad que constituía para la pequeña en ausencia de sus padres".

Desde que la niña tenía 7 u 8 años, su tío comenzó los abusos que calificaba de "masajes especiales", consistentes en "tocamientos", "desnudarse mientras la niña se duchaba, masturbarse delante de ella llegando a eyacular, o hacer que la menor le masturbara".

La madre relató en el juicio que su hija "alguna vez dijo que el tío le había dado unos masajes, comentario al que la testigo en ese momento no dio mayor trascendencia", así como que observó cambios de actitud en la pequeña que "era muy alegre, fue volviéndose paulatinamente más taciturna, introvertida y reservada".

El tribunal considera "poco creíble" el testimonio de la esposa del acusado alegando que éste y la niña nunca se quedaban a solas en la casa pues siempre estaba ella presente, y resta relevancia a que la menor no presentara evidencias físicas de abusos ya que los mismos "no fueron violentos y que se denunciaron transcurridos muchos meses desde el último episodio".

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